miércoles, 19 de octubre de 2011


ACTIVIDADES DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
ACTUALIZACIÓN PANORAMA DE FACTORES DE RIESGO
DOTACIÓN ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
 VISITAS DE INSPECCIÓN
 ELABORACIÓN  DE ESTÁNDARES DE SEGURIDAD
PLAN DE EMERGENCIAS : (ver pagina COE)
             -Reanimación cardiopulmonar
             -Capacitación en primeros auxilios
-Actualización del Plan de Emergencia
-Capacitación a la brigada de emergencias
-Capacitación a la brigada de evacuación
           -Simulacros de evacuación por áreas
-Capacitación al MEC de Bienestar Universitario
             -Capacitación a coordinadores de evacuación por áreas

IMPORTANTE
QUE ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO (Art. 9 Decreto 1295 de 1994)

- Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
- Todo proceso que se produce durante la ejecución de ordenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.
- Todo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
No es accidente de trabajo :
El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como laborales, recreativas, deportivas o culturales, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador.
El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante ,los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.
  1. Todo accidente de trabajo por mínimo que sea debe ser reportado obligatoria e inmediatamente en la oficina de División de Personal. Dicho reporte debe ser enviado por la Universidad a la Administradora de Riesgos Profesionales y a la E.P.S. dentro de los (2) días hábiles siguientes de ocurrido el accidente.

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